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Una auditoría halla anomalías en una fundación del Marañón

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La Cámara de Cuentas recomienda a la Fundación para la Investigación Biomédica del Gregorio Marañón, tras examinar sus números en el ejercicio de 2011, que “perfeccione” su contabilidad, ejerza “un mayor control” sobre los contratos de bienes y servicios para el desarrollo de sus proyectos y mejore la “coordinación entre las distintas fases de los procedimientos de contratación”. De esta forma “se asegura el cumplimiento de los contratos en todas sus cláusulas”. El órgano fiscalizador cuestiona que la fundación emita las facturas de los ensayos clínicos “únicamente” por indicación de los laboratorios, “sin ninguna comprobación o verificación” con el investigador principal. Además, la fundación “no verifica en ningún caso” la recepción de los servicios y material incluidos en las facturas imputadas a los proyectos.

La institución se considera “un espacio multidisciplinar” que centra sus investigaciones en ingeniería biomédica, cardiología, neurociencia y salud mental, patología infecciosa y del sistema inmune, oncología, nefrourología, neumología y hepatogastroenterología. Rindió las cuentas del ejercicio el 8 de marzo del año pasado. Su gestión, a 31 de diciembre del curso fiscalizado, dependía jerárquicamente de la gerencia de la fundación, puesto que ejercía provisionalmente el vicepresidente de la entidad, que era el gerente del hospital. Desde septiembre de 2010 a primeros de 2012, el puesto de gerente de la fundación permaneció vacante.

» Relación con el hospital. El informe subraya, dentro de sus conclusiones, que la fundación está instalada en un espacio “que no es de su propiedad”. Los gastos incurridos de suministros y otros son asumidos por el centro hospitalario, “mientras que recibe las compensaciones por costes indirectos previstas en los proyectos de investigación con lo que está subvencionando en parte la actividad” de la investigación biomédica del Gregorio Marañón. En los acuerdos firmados entre fundación y hospital se establece que los bienes que se adquieran por la primera para el desarrollo de los proyectos de investigación “pasarán al uso y propiedad” del Marañón una vez haya finalizado “la misión u objetivos” para la que fueron obtenidos. “Sin embargo, aunque amortizados en su totalidad”, siguen figurando en el inventario de la fundación.Otro factor que se destaca es que la entidad utiliza para el desarrollo de sus actividades determinados espacios e instalaciones del hospital, en virtud de un acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Regional de Salud (Sermas), “no siendo el procedimiento establecido” en la Ley 3/2001 de Patrimonio de la Comunidad.Los importes registrados en la partida de obras en inmovilizado no propio “corresponden en realidad” a gastos del hospital financiados con fondos de la fundación, “por lo que no pueden registrarse como inmovilizado”.

» ‘Lagunas’ en los contratos. La Cámara afirma que se realizaron traspasos de ingresos y gastos correspondientes a proyectos de investigación “sin documentación soporte de ningún tipo”. Lo mismo vino a pasar con las fichas de alta de los inmovilizados facilitados, donde figuran los proyectos asociados, pero en ninguna consta el tiempo de duración, “por lo que no es posible valorar si es correcto o no”. Tras señalar que la adjudicación de los contratos mediante un procedimiento abierto “resulta excepcional”, el informe asegura que “no está acreditada” la negociación con las empresas en ciertos contratos. Otros se realizaron “indebidamente”. La Intervención General de la Comunidad detectó esta incidencia en su informe de control financiero: “Actualmente esta relación contractual se ha reconducido a un contrato de alta dirección con autorización” del Gobierno regional, formalizado el 22 de marzo de 2012 con el actual gerente y que inició su vigencia el 1 de abril de ese año.Tampoco aparece detallado “en un documento de memoria o informe” el contenido de otras obras, “ni consta cómo el órgano de contratación determinó el presupuesto de contratación”. Además, el análisis recoge gastos de bienes y servicios por importe, al menos de 20.248,04 euros, imputados a ensayos clínicos “donde no hay ningún documento que indique relación con el ensayo”.La Cámara aprecia que hubo contratos “en los que sería necesario” que la empresa adjudicataria “depositara el 5% de la fianza definitiva, y habiendo optado aquella por la retención en el primer pago, la fundación no ha procedido a la misma”.


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